martes, 9 de diciembre de 2014

DECÁLOGO PARA LA COMPRA DE JUGUETES

Cuando se va a escribir la carta a Papá Noel o a los Reyes Magos no sólo nos debemos de limitar a preguntar al niño/a qué quiere, sino que debemos de fijarnos en que nos proporcionen seguridad y garantías. Por ello, debemos mantener presente este decálogo de consejos para la elección de juguetes:

1. Publicidad. Hay que tener presente que la publicidad tiende a ser engañosa o confusa respecto a la apariencia y uso de los juguetes. Por ello verifique los elementos que se venden con el juguete y los que habría que adquirir por separado. También sería conveniente solicitar una prueba de uso o manejo del juguete en la propia tienda.


2. Pictograma. Ponga especial celo en verificar la seguridad de los juguetes teniendo en cuenta la edad de los menores. Por lo cual, los juguetes deben de presentar un pictograma dónde se informe al consumidor que el juguete no puede ser usado en menores de 3 años. Y en el caso de que se permita su uso en este intervalo de edad, deberá especificar a partir de que mes de vida pueden utilizarse los juguetes.
3. Marcado CE. Cuando adquiera un juguete es importante asegurarse de que posea el marcado CE. Ya que este nos proporciona la seguridad de que se han realizado una serie de ensayos por parte de la Comunidad Europea, que nos proporcionan la confianza de que el juguete es seguro para el uso de los niños.


4. Datos informativos. Siempre deberán venir especificados los siguientes datos informativos en el juguete, en su embalaje o en folletos que lo acompañen: nombre, razón social y marca; dirección del fabricante, importador y del representante autorizado en la UE; potencia máxima, tensión de alimentación.


5. Importador del juguete. Es significativo que el importador del juguete se localice dentro de la Unión Europea para que exista unas series de garantías si el juguete posee algún defecto, de manera que existan vías para pedir información y explicaciones ante cualquier incidente. 



6. Castellano. El folleto con instrucciones de uso, advertencias y consejos deben aparecer como mínimo en castellano, para asegurar un uso adecuado y seguro del juguete.

7.Seguridad. Los juguetes deben de no comprometer la seguridad ni la salud de los usuarios. A este respecto cabe considerar muchas y diferentes cuestiones: toxicidad de los materiales, posibilidad de descargas eléctricas, tamaño de piezas y elementos que propicien ahogamientos o estrangulamientos, elementos cortantes o que puedan causar daño, necesidad de tutela por parte de adultos…


8.Juguetes responsables. Cuide que los juguetes no inciten a los niños y niñas a situaciones peligrosas y que no promuevan conductas violentas, sexistas, injustas, insolidarias, insalubres o medioambientalmente irresponsables.


9. Juguetes para el desarrollo. Recuerde que el juego fomenta el desarrollo intelectual, emocional y creativo de los niños y las niñas y que son importantes los juguetes que apoyan la sociabilidad y el ejercicio físico.


10. Garantía. Los juguetes tienen una garantía de 2 años, al margen de otras que pueda ofrecer el fabricante o el establecimiento, que deben constar por escrito. Por ello, si existen deficiencias el consumidor puede exigir durante el plazo establecido su reparación, sustitución o, en última instancia, el reembolso de la cantidad pagada. Los cambios por causas distintas a la existencia de defectos de origen sólo podrán exigirse si el comercio admite expresamente en su publicidad esa posibilidad. En caso contrario tal sustitución sólo dependerá de la buena fe del comerciante. Ante cualquier situación en la que el consumidor no estuviera de acuerdo, éste podrá acudir ante los organismos de consumo para tramitar las correspondientes hojas de reclamaciones.

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